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Perguntas e respostas relacionadas com a procura de emprego na Andaluzia

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    Estágio / formação

    Perguntas e respostas relacionadas com a formação e os estágios em empresas andaluzas

    Prácticas en Andalucía

     

     

    Definición

    Las prácticas se definen como aquellos periodos limitados en el tiempo en los que se adquiere experiencia laboral de tipo práctico (sea parte integrante de un plan de estudios, o no) y que también tienen un componente educativo/formativo. Permiten obtener un reconocimiento formal de la experiencia laboral práctica a incluir en el CV personal o en un Plan de Estudios, así como facilitar la transición desde el sistema educativo o desde una acción de formación al mercado de trabajo. Su limitación temporal suele establecerse en el corto y medio plazo, durando entre unas semanas a 6 meses, o en algunos casos hasta 1-2 años.

    Se distingue entre 4 tipos:

    1. Prácticas académicas externas universitarias (formativas y no laborales): dirigidas a estudiantes.
      • Pueden ser prácticas externas curriculares: son parte del Plan de Estudios del Título (Apprenticeships)
      • Extracurriculares universitarias: no son parte del Plan de Estudios, no son obligatorias, pero se contemplan en el Suplemento Europeo al Título. Se rigen por Convenios Universidad-Empresa.
    1. Prácticas no laborales ni académicas: para jóvenes desempleados inscritos en la oficina de empleo, de 18 – 25 años, con titulación oficial universitaria, de formación profesional media o superior, o un certificado de profesionalidad. No deberán haber tenido una relación laboral o experiencia profesional superior a 3 meses en la misma actividad (excluidas prácticas académicas).
      Se rigen por un Convenio de colaboración entre la empresa y el Servicio Público de Empleo (de las 17 Comunidades Autónomas. o del SEPE): ej. Canarias, se llama Programa Cataliza.
    2. Prácticas laboralescontrato de trabajo en prácticas, el cual tiene por objeto la obtención por el trabajador de la práctica profesional adecuada y referida al nivel de estudios cursados (universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficial equivalente). Conllevan alta en Seguridad Social y protección por desempleo posterior.
    3. Los programas públicos de empleo-formación.

     

    Información general

    1. Prácticas académicas externas universitarias:
      • Según Proyecto Formativo fijado para el estudiante y acordado entre la empresa y la universidad.
      • Con tutor en la empresa y un tutor académico
      • Cuando sean extracurriculares no más del 50% del curso académico.
    1. Prácticas no laborales en centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial,
      • Bajo la dirección y supervisión de un tutor.
      • Duración entre 3 – 9 meses.
      • Se firmará un acuerdo participante-empresa.
      • Al final se emitirá un certificado sobre la práctica realizada, que se registrará en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
    2. Prácticas laborales en empresas con contrato:
      • Contrato en prácticas ordinario: que no hayan transcurrido 5 años desde la finalización de los estudios o 7 en el caso de personas con discapacidad.
      • Formalización por escrito.
      • Duración: 6 meses hasta 2 años.
      • Beneficios para el empresario: los contratos en prácticas pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación (reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social).
    1. Los programas públicos de empleo-formación conocidos como:
      1. Escuelas Taller, Casas de Oficios, que incluyen prácticas de empleo en un entorno laboral real.
        • Objetivos: La formación se lleva a cabo en Escuelas Taller y Casas de Oficios, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (16-24 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes profesionales.
        • Duración de la formación: De 1 a 2 años.
        • Ámbito: Nacional, pero implantado a nivel local.
        • Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas, con la contribución del FSE.
      2. Talleres de Empleo.
        • Objetivos: La formación se lleva a cabo en Talleres de Empleo, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (de más de 25 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes y capacidades profesionales.
        • Duración de la formación: De 6 meses a 1 año.
        • Ámbito: Nacional.
        • Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas con la contribución del Fondo Social Europeo.

    Criterios de admisibilidad

    1. Las prácticas académicas externas se dirigen a estudiantes universitarios matriculados en esa universidad o de otras españolas o extranjeras que estén cursando esos estudios en el marco de algún programa de movilidad académica.
    2. Las prácticas no laborales son para jóvenes desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo (18-25 años).
    3. Cuando se trate de un contrato de trabajo en prácticas, se requerirá que la persona tenga el correspondiente permiso residencia y de trabajo, sin distinguir entre españoles y nacionales de EEE o terceros países.
    4. Los programas públicos de empleo-formación implican un contrato de formación y aprendizaje, explicado anteriormente.

     

     

     

    Aplicación

    1. Las prácticas académicas externas: Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
    2. Las prácticas no laborales son para jóvenes desempleados e inscritos (18-25 años): Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
    3. Los programas públicos de empleo-formación.

    ESCUELAS TALLER Y CASAS DE OFICIOS

    http://www.empleo.gob.es/es/Guia/texto/guia_4/contenidos/guia_4_10_7.htmTalleres de empleo

     

    Condiciones de vida y de trabajo

    1. Prácticas académicas externas: Pueden percibir bolsa o ayuda de estudios (no es obligatoria).
    2. Prácticas no laborales: los participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales en que desarrollan las prácticas una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual vigente (579,02 euros)
    3. Contrato de prácticas: la retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo  año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. El salario por un contrato a tiempo completo nunca será inferior al salario mínimo interprofesional (1000 euros).
    • A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas.
    • No se podrá concertar un contrato en prácticas en base a un certificado de profesionalidad obtenido como consecuencia de un contrato para la formación celebrado anteriormente con la misma empresa.
    1. Los programas públicos de empleo-formación implican un contrato de formación y aprendizaje, explicado anteriormente.

     

     

     

    ¿Dónde puedo encontrar oportunidades de empleo?

    Financiación y ayuda

    Ayudas económicas para acudir a entrevistas, realizar cursos de idiomas previos a la contratación o por traslado motivado en un contrato de prácticas de 6 meses o más en EEE:

     

     

    ¿Dónde puedo publicar oportunidades de empleo?

    Si se trata de contratos en prácticas, reciben el mismo tratamiento que cualquier oferta de empleo:

    Financiación y ayuda

    A nivel transnacional: Red EURES-España También para prácticas no laborales Sepie. Además, para las empresas que quieran formalizar un contrato de prácticas, pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación (reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social).  

    Formación en Andalucía

     

    Marco legal

    La formación en alternancia (Apprenticeship) combina educación y formación en una institución educativa o centro de formación y en el lugar de trabajo. El régimen de alternancia puede tener lugar con periodicidad semana, mensual o anual.

    Los participantes pueden estar contractualmente vinculados con el empresario y/o recibir una remuneración. Al terminar la formación se obtiene un título/certificación nacional. Fuente: Cedefop.

    Iniciativas de formación profesional que incluyen un módulo de experiencia laboral práctica:

    1. Los ciclos formativos de formación profesional que oferta el sistema educativo cuentan con un módulo de prácticas obligatorias (Módulo de Formación en Centros de Trabajo, FCT), que deben tener lugar en un entorno productivo real;
    2. La formación profesional para el empleo, para obtener un certificado de profesionalidad, se debe realizar un módulo de prácticas (Formación Práctica en Centros de Trabajo)

    En ambos casos, se trata de una experiencia de aprendizaje práctico obligatorio, no de empleo, que tiene lugar en un entorno laboral real y puede ser convalidado con experiencia laboral suficiente.

    1. Formación Profesional Dual con contratos para la formación y aprendizaje.
    2. Prácticas académicas externas universitarias dirigidas a estudiantes Curriculares.
    1. Prácticas en formación proporcionadas por entidades privadas.

    Descripción de los programas

    En España las posibilidades para aquellas personas que deseen realizar una actividad de aprendizaje y formación para obtener una cualificación profesional son las siguientes:

    1. Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional FCT. Inicial (IVET)
    • F.P. Básica: dos cursos académicos, orientada a alumnos entre 15 y 17 años. Tiene un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 300 horas.
      (Real Decreto 127/2014Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo).
    • F.P. Grado Medio: dos cursos académicos con un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 400 horas (Real Decreto 1147/2011 Ordenación General de la Formación Profesional en el Sistema Educativo).
    • F.P. Grado Superior:   dos cursos académicos con un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 400 horas (Real Decreto 1147/2011)

    Fuente: www.todofp.es

     

    1. Módulos de Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo( CVET)

    Los certificados de profesionalidad tienen como objetivo acreditar las competencias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

    (Real Decreto 34/2008: Regulación de los Certificados de Profesionalidad).

    Existen tres niveles de certificados de profesionalidad (1,2 y 3) los cuales tiene su respectiva Formación Práctica en Centros de Trabajo.

    Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónoma.

    Fuente: https://www.sepe.es/contenidos/personas/formacion/certificados_de_profesionalidad/certificados_profesionalidad.html

     

    1. Formación Profesional Dual.  Contrato para la formación y el aprendizaje.

    Se regula por el RD 1529/2012, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual.

    Este contrato busca favorecer la inserción laboral de los trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 (), alternando una actividad laboral retribuida en una empresa con una activad formativa.

    Fuente:https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/contratacion-formacion-aprendizaje.html

     

    1. Prácticas académicas externas universitarias dirigidas a estudiantes CurricularesReal Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

    Son parte del Plan de Estudios del Título universitario y se rigen por Convenios Universidad-Empresa.

     

    Criterios

    Las actividades de aprendizaje y formación se dirigen a personas que estén cursando esa formación en el marco de algún programa de movilidad en los países del EEE.

     

     

    Condiciones de vida y de trabajo

    1. Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional Inicial (IVET)

    Esta formación no es remunerada para el alumno, pero es obligatoria para la obtención del título de Formación Profesional correspondiente.

    1. Módulos de Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo( CVET)

    Esta formación no es remunerada para el alumno, pero es obligatoria para la obtención del Certificado de Profesionalidad correspondiente.

    1. La Formación Profesional Dual es un nuevo tipo de oferta dentro de la Formación Profesional tanto del sistema educativo como del sistema laboral.

    Se desarrolla mediante una alternancia entre la escuela de formación y la empresa, con una duración variable entre una y otra.

    Dos modalidades:

    a) A través del contrato para Formación Aprendizaje:

    La duración de este contrato no podrá ser inferior a 1 año ni exceder de 3 años, si bien podrá prorrogarse en algunos casos.

    El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.

    La retribución del trabajador será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo a lo establecido en convenio y nunca por debajo de la parte proporcional del salario mínimo interprofesional.

    b) Mediante convenio de colaboración entre el Centro Educativo y la empresa:

    La formación se asume por el tutor de la empresa y el alumno/aprendiz percibe un salario en concepto de beca de hasta un máximo de 300 €, la compañía percibe bonificaciones por hacerse cargo de la formación del alumno.

     

    ¿Dónde puedo encontrar oportunidades de empleo?

    -Información sobre la Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional Inicial (IVET)

    • En el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte www.todofp.es.
    • En las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas.
    • En los centros de formación.

    -Información sobre la Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo (CVET). En el SEPE:

    -Información sobre el contrato de formación y aprendizaje y FP Dual:

    -Prácticas académicas externas universitarias dirigidas a estudiantes Curriculares:

     

    Financiación y ayuda

    1. En la página web del Ministerio de Educación existe información sobre becas y ayudas para la formación profesional en el sistema educativo.  Ministerio de Educación. Becas para estudiar Formación Profesional
    2. En la página web del SEPE www.sepe.es y de las Consejerías de Empleo de las Comunidades Autónomas existe información sobre las becas y ayudas relacionadas con los Certificados de Profesionalidad.
    3. Ayudas económicas para acudir a entrevistas, realizar cursos de idiomas previos a la contratación o por traslado motivado en un contrato de prácticas de 6 meses o más en EEE:
    4. Ayudas de movilidad

     

     

    ¿Dónde puedo publicar oportunidades de empleo?

    Financiación y ayuda

     

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