Oficina OESTE

Condiciones y oportunidades de trabajar en el Algarve

Oportunidad de empleo profesional

Para acceder a un empleo en el Algarve es importante conocer cuáles son las condiciones de vida y trabajo en esta región, para poder así decidir con claridad sobre las diferentes oportunidades de empleo que encuentre. También conviene saber que el Instituto do Emprego e Formação Profissional (IEFP) es el órgano administrativo competente en materia de intermediación laboral en Portugal. Una opción para empezar a trabajar en la región de Algarve es registrarse en su sistema como persona de demandante de empleo, accediendo a los distintos servicios que se ofrecen para orientados a la búsqueda empleo y la mejora de la empleabilidad. A través de la red EURES Transfronterizo Andalucía-Algarve, el IEFP participa ofreciendo sus recursos en el territorio, incluidos los relacionados con la formación profesional para el empleo.

Para más información, también puede contactar con su consejero EURES-T
Preguntas y respuestas relacionadas con las condiciones de trabajo en el Algarve Portugués
Seguridad Social para transfronterizos andaluces

Prestaciones SS Algarve

La baja podrá ser tramitada en España o en Portugal, donde surja la necesidad. Obtenidos los partes de baja y de confirmación de la baja, el trabajador deberá acudir al “Servicio Andaluz de Salud” (SAS), que tramitará la correspondiente baja a través del formulario E-116 y lo remitirá al correspondiente organismo en Portugal, funcionando así como mecanismo de enlace entre ambos países. En Portugal, el trabajador deberá solicitar al médico que lo asista un certificado de su incapacidad para el trabajo, en el que se indique la duración probable de la misma, y deberá enviar ese certificado al centro del distrito de la Seguridad Social portuguesa al que se encuentre inscrito, indicando su número de identificación como beneficiario. Al trabajador que reside en España y que trabaja por cuenta ajena en Portugal se le aplica la legislación de la Seguridad Social portuguesa, teniendo derecho a las prestaciones pecuniarias a atribuir por ésta, de acuerdo con la legislación portuguesa. La prestación será concedida por la Seguridad Social portuguesa (del lugar donde preste su trabajo). Con todo, mediante acuerdo entre la Seguridad Social portuguesa y los servicios de la Seguridad Social española (lugar de la residencia) -Servicios Centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social-, la prestación podrá ser concedida por esta última, aunque a cargo de la Seguridad Social portuguesa y de acuerdo con la legislación portuguesa. En caso de que haya internamiento en España, el trabajador deberá solicitar en el hospital español en el que sea internado un documento acreditativo del internamiento y remitir dicho documento a los servicios de la Seguridad Social portugueses, en los términos antes referidos. Para recibir el correspondiente subsidio, además de enviar el documento médico acreditativo de su situación de incapacidad a los servicios de la Seguridad Social portugueses, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la fecha en que dicho documento sea emitido, será necesario que el trabajador satisfaga las condiciones de atribución exigidas a tales efectos. A la hora de verificar dichas condiciones de atribución, la Seguridad Social portuguesa deberá tomar en consideración, en la medida de lo necesario, los períodos de empleo cumplidos al amparo de la legislación de otro Estado miembro como si fuesen períodos cumplidos al amparo de la legislación portuguesa (art.6º del Reglamento CE nº 883/2004). La emisión del certificado no dispensa al trabajador de cumplir sus obligaciones con la entidad empleadora en los términos de la legislación aplicable, consistentes en la comunicación y justificación de su ausencia. El subsidio de enfermedad es una prestación pecuniaria, atribuida para compensar la pérdida de remuneración resultante de la imposibilidad temporal de trabajar, por motivo de enfermedad, y es calculado por medio de la aplicación de un porcentaje sobre la remuneración de referencia del beneficiario. Dicho porcentaje varía en función de la duración y la naturaleza de la enfermedad. Nota Importante: De acuerdo con la legislación portuguesa, el subsidio de enfermedad sólo se hace efectivo a partir del 4º día de incapacidad para el trabajo. No obstante, el subsidio es concedido desde el 1º día de incapacidad en caso de internamiento hospitalario, de cirugía o ambulatorio verificadas en establecimientos hospitalarios del servicio nacional de salud, o privadas con autorización de funcionamiento por el “Ministério da Saúde”, en el caso de enfermedad por tuberculosis y en el caso de enfermedad iniciada en el período de concesión del subsidio parental y que supere el término de la licencia parental.

 

El trabajador puede solicitar el reconocimiento de la enfermedad profesional, acompañando la solicitud de información médica, bien a los servicios oficiales de salud, bien al médico del servicio de asistencia médica en el trabajo de la entidad empleadora (Modelo GDP15-DGSS).

Por acuerdo entre la entidad competente portuguesa (CNPRP) y los servicios de la Seguridad Social española, la prestación podrá ser pagada por esta última, a cargo de aquella y de acuerdo con la legislación portuguesa (Modelo TA.204 de los servicios de la Seguridad Social española).

El trabajador deberá solicitar en el centro de la Seguridad Social del distrito en el que se encuentre inscrito en Portugal la emisión del documento S1.

Por ser trabajador por cuenta ajena en Portugal, el trabajador fronterizo tiene derecho a las prestaciones en especie y pecuniarias previstas en la legislación portuguesa.

De acuerdo con dicha legislación, la evaluación, graduación y reparación de enfermedades profesionales es responsabilidad del servicio con competencia en el área de la protección contra los riesgos profesionales (Centro Nacional de Proteção Contra os Riscos Profissionais – CNPRP).

 

¿Cuándo un trabajador es reconocido como enfermo profesional?

Cuando le es certificada una enfermedad profesional por el CNPRP con base en el dictamen de los peritos médicos competentes.

El trabajador puede solicitar el reconocimiento de la enfermedad profesional, acompañando la solicitud de información médica, bien a los servicios oficiales de salud, bien al médico del servicio de asistencia médica en el trabajo de la entidad empleadora (Modelo GDP15-DGSS).

Si la enfermedad profesional fuese diagnosticada por primera vez en España, deberá comunicarse al organismo competente portugués (CNPRP), al que también deben remitirse los Estados médicos emitidos en España.

Las prestaciones pecuniarias, con excepción de la indemnización por incapacidad temporal, y las prestaciones en especie serán demandadas por el trabajador interesado por medio de una solicitud dirigida al servicio portugués con competencia en el área de la protección contra los riesgos profesionales (CNPRP).

Por acuerdo entre la entidad competente portuguesa (CNPRP) y los servicios de la Seguridad Social española, la prestación podrá ser pagada por esta última, aunque a cargo de aquélla y de acuerdo con la legislación portuguesa (Modelo TA.204 de los servicios de Seguridad Social española).

El trabajador a quien le sea reconocida una enfermedad profesional tendrá derecho a prestaciones en especie y pecuniarias.

 

Prestaciones Especie:

De acuerdo con la legislación portuguesa, las prestaciones en especie son las consistentes en: Asistencia médica y quirúrgica, exámenes y elementos complementarios de diagnóstico, tratamientos y visitas domiciliarias, medicamentos y productos farmacéuticos, cuidados de enfermedad, hospitalización y tratamientos termales, prótesis y ortótesis, incluyendo su renovación y reparación, rehabilitación y reintegración profesional y social, incluyendo la adaptación al puesto de trabajo, apoyo psicoterapéutico, siempre que necesario, a la familia del enfermo profesional, gastos de desplazamiento, alimentación y alojamiento para diagnóstico o tratamiento de la enfermedad profesional (por ejemplo, para ir a una consulta, a un tratamiento o a una junta médica) o comparecencia a actos judiciales.

Las prestaciones en especie son aseguradas, como regla general, por medio del rembolso de la totalidad de los gastos en concepto de cuidado de la salud. La solicitud deberá ser formulada al CNPRP en el plazo de 1 año a contar desde la fecha en que se haya incurrido en el gasto, debiendo el trabajador presentarla junto con la solicitud de declaración médica justificativa del tratamiento.

El trabajador podrá recibir el rembolso de las prestaciones en especie recibidas en España y presentar documento médico justificativo emitido por un médico español.

El rembolso dependerá del dictamen favorable de los peritos médicos del CNPRP.

 

Prestaciones Pecuniarias:

El trabajador tendrá derecho a las prestaciones pecuniarias previstas en la legislación portuguesa(indemnizaciones, pensiones, prestaciones y subsidios), que le serán pagadas por los servicios de la Seguridad Social portuguesa, a través del CNPRP.

De acuerdo con la legislación portuguesa, la evaluación, graduación y reparación de enfermedades profesionales es responsabilidad del servicio con la competencia en el área de la protección contra los riesgos profesionales. Centro Nacional de Proteção Contra os Riscos Profissionais).

Las prestaciones pecuniarias son determinadas mediante la aplicación de un determinado porcentaje a la retribución de referencia que, en el caso de la curación de las enfermedades profesionales, se corresponde con la retribución anual bruta debida al beneficiario en los 12 meses anteriores al cese de la exposición al riesgo o a la fecha de la expedición de la certificación de la enfermedad que determina la incapacidad.

 

 

 

De acuerdo con la legislación de Seguridad Social portuguesa, la trabajadora embarazada tiene derecho a la dispensa del trabajo para las consultas pre-natales, sin pérdida de retribución, que son computadas como prestación efectiva del trabajo, pudiendo igualmente tener derecho al subsidio por riesgo clínico durante el embarazo.

La concesión de los subsidios exige la tramitación de una solicitud, que puede ser presentada directamente ante los servicios de la Seguridad Social portuguesa, en formulario y modelo propio (MOD. RP5049-DGSS) u online, en la página web de la Seguridad Social portuguesa.

 

Si se pide el subsidio antes del parto,debe unirse a la solicitud la declaración médica de la fecha prevista para el parto (puede ser una declaración del médico).

Si se pide el subsidio después del parto, debe unirse a la solicitud una fotocopia del documento de identificación civil del niño o de la declaración del médico del correspondiente establecimiento o servicio de salud acreditando la fecha del parto.

La solicitud debe ser presentada en el plazo de 6 meses a contar desde la fecha de acaecimiento del hecho determinante de la protección.

La solicitud de concesión del subsidio parental y parental inicial exclusivo del padre debe acompañarse de la declaración del médico del correspondiente establecimiento o servicio de salud acreditando la fecha del parto o del documento de identificación civil del descendiente (MOD. RP5049-DGSS).

Normalmente, será el organismo competente portugués – servicios de la Seguridad Social portuguesa- el que procederá al pago de las prestaciones pecuniarias en el ámbito de la protección social en la maternidad, si bien mediante acuerdo con los servicios de la Seguridad Social española, la prestación podrá ser pagada por esta última (por ser la correspondiente al lugar de la residencia de la interesada), aunque por cuenta de los servicios de Seguridad Social portugueses.

En este último caso, los servicios de la Seguridad Social portugueses informarán a la trabajadora e indicarán a la Seguridad Social española el montante de las prestaciones pecuniarias, las fechas en que éstas deben ser pagadas y el período máximo de su concesión, en los términos de la legislación portuguesa.

La Seguridad Social portuguesa tendrá en consideración, en la medida de lo posible, para el cumplimiento del plazo de garantía, las contribuciones efectuadas en España o en otro Estado miembro como si fueran efectuadas en Portugal.

 

MODALIDADES DE SUBSIDIO PARENTAL

 

Inicial– Concedido al padre y a la madre, por nacimiento del hijo. Sólo puede ser concedido al padre si la madre no lo solicita y ejerce la actividad profesional.

Se conceden hasta 120 o 150 días seguidos, de acuerdo con la opción del padre y de la madre. El período posterior al parto puede ser compartido por ambos, siendo obligatorio que la madre disfrute de las primeras 6 semanas (42 días).

A estos períodos se añaden 30 días por motivo de:

  • Nacimiento de gemelos (por cada niño nacido con vida);
  • Compartir la licencia, si el padre y la madre gozasen, en exclusivo, de un período de 30 días consecutivo o de dos períodos de 15 días consecutivos, después del disfrute obligatorio de las 6 semanas de la madre.

Los 30 días adicionales pueden ser gozados por el padre o por la madre, o repartirse entre ambos.

 

Inicial exclusivo de la madre – Concedido a la madre antes y después del parto. Sólo es concedido antes del parto, si la madre ejerce actividad profesional.

Se conceden hasta 72 días, de los cuales:

  • 30 días, como máximo, son facultativos y para disfrutar antes del parto, si la madre fuese trabajadora; y
  • 42 días (6 semanas) son obligatorios y a disfrutar después del parto.

Estos días están incluidos en el período correspondiente al subsidio parental inicial.

 

Inicial de un progenitor en caso de imposibilidad de otro – Concedido al padre o a la madre, por nacimiento del hijo, en caso de incapacidad física o psíquica o de muerte de uno de ellos, durante el período de subsidio parental inicial que le faltaba por disfrutar al otro progenitor (padre o madre).

El valor del subsidio corresponde a un porcentaje de la remuneración de referencia calculado conforme a la modalidad y el período del subsidio.

 

 

Al trabajador que desempeñe su actividad por cuenta ajena en Portugal le es aplicable la legislación de la Seguridad Social portuguesa.

La concesión de los subsidios exige la presentación de una solicitud, que puede ser presentada directamente ante los servicios de la Seguridad Social portuguesa, en formulario y modelo propio(MOD RP5049-DGSS) u online, a través de la página web de la Seguridad Social portuguesa.

La solicitud debe ser presentada en el plazo de 6 meses a contar desde la fecha de acaecimiento del hecho determinante de la protección.

La solicitud de concesión del subsidio parental y parental inicial exclusivo del padre deberá acompañarse de la declaración médica del correspondiente establecimiento o servicio de salud portugués o español acreditativo del parto o del documento de identificación civil del descendiente.

Normalmente, será la Seguridad Social portuguesa la que proceda al pago de las prestaciones pecuniarias en el ámbito de la protección social en la paternidad, si bien por acuerdo con la Seguridad Social española la prestación podrá ser pagada por esta última (por ser la correspondiente al lugar de residencia del interesado), aunque por cuenta de los servicios de la Seguridad Social portugueses. El trabajador podrá solicitarlo a través del MOD. TA.2004 de los servicios de la Seguridad Social española.

En este último caso, los servicios de la Seguridad Social portugueses informarán al trabajador e indicarán a los servicios de la Seguridad Social española el montante de las prestaciones pecuniarias, las fechas en que éstas deberán ser pagadas y el período máximo de su concesión en los términos de la legislación portuguesa.

La Seguridad Social portuguesa tomará en consideración, en la medida de lo posible, para el cumplimiento del plazo de garantía, las contribuciones efectuadas en España o en otro Estado miembro como si fuesen efectuadas en Portugal.

El valor de los subsidios se corresponde con un determinado porcentaje de la Remuneración de Referencia (RR) del trabajador beneficiario.

 

MODALIDADES DE SUBSIDIO PARENTAL

 

Inicial – Concedido al padre y a la madre, por nacimiento del hijo. Sólo puede ser atribuido al padre si la madre no lo solicita y ejerce la actividad profesional.

Son concedidos hasta 120 o 150 días seguidos, de acuerdo con la opción del padre y de la madre. El período posterior al parto puede ser compartido por ambos, siendo obligatorio que la madre disfrute las primeras 6 semanas (42 días).

Estos períodos incrementan 30 días por motivo de:

  • Nacimiento de gemelos (por cada niño nacido con vida).
  • Licencia compartida, si el padre o la madre disfrutan, en exclusiva, de un período de 30 días consecutivos o de dos períodos de 15 días consecutivos, después del disfrute obligatorio de las 6 semanas de la madre.

Los 30 días adicionales pueden ser disfrutados por el padre o por la madre, o repartidos por ambos.

 

Inicial exclusivo del padre– Concedido al padre, tras el nacimiento del hijo, durante:

 

  • 10 días hábiles obligatorios: los 5 días –seguidos- inmediatamente posteriores al nacimiento del hijo y otros 5 días -seguidos o no consecutivos- comprendidos en los 30 días siguientes al nacimiento del hijo.
  • 10 días facultativos, seguidos o no consecutivos, disfrutados después del período de 10 días obligatorios y durante el período en que es concedido el subsidio parental inicial de la madre.

Por nacimiento de gemelos, a cada uno de los períodos de 10 días antes señalados se añaden 2 días más, por cada niño nacido con vida, adicional al primero, a disfrutar inmediatamente después de cada uno de aquellos períodos.

En el caso de que el hijo nazca muerto, solamente se concede un subsidio equivalente a los 10 días obligatorios.

 

Inicial de un progenitor en caso de imposibilidad del otro– Concedido al padre o a la madre, por nacimiento del hijo, en caso de incapacidad física o psíquica, o de muerte de uno de ellos, durante el período del subsidio parental inicial que le faltaba por disfrutar al otro progenitor (padre o madre).

En España el trabajador deberá acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar la baja por paternidad.

 

Junto con la solicitud de la baja en España se deberá aportar la siguiente documentación:

  • El libro de familia o el correspondiente certificado de nacimiento del hijo.
  • El certificado de empresa.

Se podrá percibir el subsidio durante el período comprendido:

  • Desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento del hijo.
  • Hasta que finalice el descanso por maternidad o inmediatamente después de éste, siempre que se disfrute del descanso correspondiente

Una vez presentada la solicitud ante el correspondiente Instituto Nacional de la Seguridad Social en España (INSS), éste la remitirá a la Direcção Geral da Segurança Social/Seção Distrital portuguesa.

 

 

De acuerdo con el art. 67 del Reglamento CE nº 883/2004, el trabajador tiene derecho a las prestaciones familiares en los términos de la legislación portuguesa, incluyendo a sus familiares que residan en España, como si éstos residiesen en Portugal.

La solicitud debe ser presentada ante la Seguridad Social portuguesa, tomando en consideración a la familia entera, como si todos los miembros de la misma residiesen en Portugal y estuviesen sujetos a la ley de la Seguridad Social portuguesa (art. 60 del Reglamento CE nº 987/2009).

Las prestaciones deben ser solicitadas en el impreso del modelo propio establecido para ello (MOD. R.P 5045-DGSS),acompañándolo de los documentos de prueba en él indicados.

El plazo de entrega es de 6 meses contados a partir del mes siguiente a aquél en que hubiese ocurrido el hecho determinante de su concesión.

En caso de que la solicitud se presente fuera del plazo indicado, las prestaciones familiares serán pagadas a partir del mes siguiente a aquél en que sea presentada.

 

 

El interesado, al residir en España, podrá solicitar la prestación de jubilación en España acudiendo al Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercano. En el momento de la solicitud deberá indicar que va a solicitar una prestación de jubilación comunitaria, indicando los países en los que ha cotizado.

La prestación podrá solicitarse dentro de los 3 meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo en Portugal. A estos efectos, y para proceder con la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:

 

  • Modelo de solicitud de prestación de jubilación internacional.
  • Documento Nacional de Identidad.
  • Justificante del pago de cotizaciones de los últimos 3 meses.

En el formulario se deberá hacer constar que el trabajador ha cotizado en Portugal y los períodos cotizados en dicho país.

Una vez solicitado, el INSS gestionará la posible pensión de jubilación. De esta forma, el organismo español trasladará la solicitud al organismo competente en Portugal para que proceda a calcular la pensión y, en su caso, proceda al pago de la pensión correspondiente.

 

 

Cualquier trabajador transfronterizo podrá hacer uso de los periodos cotizados a la Seguridad Social del país donde está contratado para cobrar prestaciones por desempleo en el de su residencia. Esto es así desde el 1 de mayo de 2012.

El derecho a prestaciones y el importe de éstas se basan en las normas del país en el que vive el trabajador y en los periodos de trabajo en otro país comunitario.

La acreditación de los períodos cotizados se efectuará mediante la expedición del formulario U1 (por la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal en España o por el centro de la Segurança Social en Portugal) a solicitud del interesado, o podrá ser reclamado por la Institución competente del país donde el ciudadano solicite el cobro de la prestación por desempleo a la correspondiente del país donde ha estado contratado.

Las personas que no sean nacionales de países de la UE/EEE ni de Suiza pueden utilizar los periodos cotizados en estos (excepto en Dinamarca, Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein) para cobrar prestaciones por desempleo, siempre que tengan derecho a residir y a trabajar legalmente en el territorio del Estado miembro donde soliciten dichas prestaciones.

 

Tramitación:

 

– Pide a la administración del país (o países) donde hayas trabajado un formulario U1 (antiguo formulario E301) que certifique los períodos que deben contabilizarse al calcular las prestaciones de desempleo).

– Preséntalo al servicio nacional de empleo del país donde quieras solicitar prestaciones, de manera que puedan contabilizar los períodos de seguro o empleo en otros países.

 

Puede solicitarlo antes de regresar a España a la institución competente del país donde efectuó sus cotizaciones o presentar la solicitud a través de su oficina del Servicio Público de Empleo Estatal en España.

Se reducirá la duración de la prestación que se le apruebe en España en tantos días como haya cobrado dicha prestación en cualquier otro país del ámbito comunitario.

Aunque no completes un formulario U1, la administración que tramite tu solicitud podrá obtener los datos directamente de los otros países. Pero el formulario puede acelerar las cosas.

 

 

Por lo general, para cobrar las prestaciones de desempleo debes estar en el país que paga las prestaciones. No obstante, bajo determinadas condiciones, puedes ir a otro PAÍS DE LA UE a buscar trabajo y seguir recibiendo las prestaciones de desempleo del país en el que te quedaste en paro.

Estancias de hasta tres meses

Puedes seguir cobrando la prestación de desempleo del último país de la UE donde hayas trabajado durante un mínimo de tres meses hasta un máximo de seis meses, en función de la institución que te abone la prestación.

Pero sólo puedes hacerlo si:

  • Estás en situación de desempleo total (no parcial ni intermitente)
  • Tienes derecho a recibir prestaciones de desempleo en el país en el que te quedaste en paro.

Antes de emprender viaje, tienes que:

  • Haber estado inscrito como demandante de empleo en los servicios de empleo del país donde te quedaste en paro un mínimo de cuatro semanas (puede haber excepciones)
  • Solicitar un FORMULARIO U2 (antiguo formulario E 303) (autorización para exportar tus prestaciones de desempleo) a tu servicio nacional de empleo.

Esta autorización solo es válida para un país. Si quieres exportar tus prestaciones de desempleo a otro país, tienes que solicitar otro formulario U2. Pregunta en tu oficina de empleo si tienes que volver a tu país para solicitar la nueva autorización o puedes tramitarlo a distancia.

 

Al llegar al nuevo país, tendrás que:

  • Inscribirte como demandante de empleo en los servicios nacionales de empleo en un plazo de siete días a partir de la fecha en que dejaste de estar registrado en los servicios de empleo del país del que te marchas
  • Presentar el formulario U2 (antiguo formulario E 303) al inscribirte
  • Aceptar todos los controles que el nuevo país exija a quienes solicitan prestaciones de desempleo como si fuera ese país quien te las paga.

Te recomendamos informarte sobre tus derechos y obligaciones como demandante de empleo en tu nuevo país. Pueden ser muy diferentes de los que tenías en el país donde te quedaste en paro.

Se te ingresará el mismo importe que antes directamente en tu cuenta corriente del país en que te quedaste en paro.

Si quieres mantener tu derecho a las prestaciones de desempleo, asegúrate de que regresas al país que paga tus prestaciones de desempleo antes o el mismo día que expira tu derecho.

 

Estancias de más de tres meses

 

Si quieres quedarte en el extranjero más de tres meses, tendrás que solicitar una prórroga al servicio nacional de empleo del país en que te quedaste en paro, que podrá prorrogar el período de tres meses hasta seis meses.

No todos los países conceden prórrogas. Pregunta en el servicio público de empleo de tu país de origen si conceden prórrogas y con qué condiciones.

La mayoría de los países que conceden prórrogas aplican unos criterios claros al evaluar las solicitudes. Podrán pedirte, por ejemplo:

  • Pruebas de todos los esfuerzos que hayas hecho para encontrar empleo durante los primeros tres meses
  • Pruebas de que tienes más posibilidades de encontrar trabajo en el extranjero durante el período de prórroga
  • Información sobre las oportunidades de empleo en el mercado laboral del país anfitrión.

Pide la prórroga cuanto antes. Tienes que solicitarla antes de que acabe el periodo inicial de tres meses.

 

Igualdad de trato

 

Si estás buscando trabajo en el extranjero, tienes los mismos derechos que los ciudadanos del país anfitrión en cuanto a:

  • Acceso al empleo
  • Asistencia de los servicios de empleo
  • Ayuda económica para encontrar trabajo.

Es posible que el nuevo país espere hasta que hayas establecido un vínculo real con su mercado de trabajo antes de concederte determinados tipos de ayuda económica a la búsqueda de empleo, como préstamos con intereses bajos para desempleados que crean su propio negocio. Estar en el país buscando trabajo durante un periodo de tiempo razonable podría considerarse un vínculo real.

Legislación Laboral en Portugal

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Condiciones de vida en el Algarve

Algo más sobre la región

Si hablamos de la geografía, la región está situada en el extremo occidental de Europa y en el sur de Portugal con un relieve que se caracteriza por las fajas del litoral, berrocal y sierra. La localización geográfica del Algarve le confiere unas particularidades bioclimáticas especiales. Fuertemente influenciada por el océano Atlántico y el mar Mediterráneo, bien por su proximidad con el Norte de África, el Algarve disfruta de inviernos suaves y de veranos secos y calientes.

La libre circulación de los trabajadores es un principio fundamental del artículo 45 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea que le permite a los ciudadanos de la UE tener derecho a buscar empleo en otro país de la UE, trabajar en otro país de la UE sin necesitar de una autorización de trabajo, residir en otro país de la UE para allí buscar empleo, etc.

 

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