Resido en Portugal y trabajo por cuenta ajena en Andalucía donde me desplazo diariamente para trabajar. Si no puedo trabajar debido a un accidente de trabajo, ¿cómo se tramita mi baja laboral? Obligaciones de la Mutua Laboral.

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De acuerdo con el art. 34 del Reglamento CE nº 987/2009, en el supuesto que ocurra un accidente de trabajo, su declaración o notificación deberá efectuarse de acuerdo con lo dispuesto en la legislación del Estado miembro competente (en este caso, en España).

 

Para eso, el trabajador podrá recibir asistencia sanitaria en Portugal en el Serviço Nacional de Saúde (SNS), debiendo solicitar el justificante médico de baja en Portugal. Será necesario proporcionar el modelo S1.

 

Tramitada la baja, el médico portugués remitirá el correspondiente modelo E-116 a la correspondiente Institución da Seguridad Social en Portugal, que remitirá el justificante médico de baja al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en España, y este, a su vez, a la mutua que corresponda, esto es, a la mutua de accidentes de trabajo que tenga asignada la entidad empleadora, funcionando así como autoridades de enlace entre los organismos de ambos países.

 

De acuerdo con la legislación española, el accidente de trabajo deberá comunicarse a la Autoridad Laboral dentro de las 24 horas siguientes y a la Mutua de Seguros de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales dentro de los 5 días útiles siguientes al accidente, con independencia de que se haya producido en España o en Portugal.

 

Una vez la mutua reciba el justificante de la baja, procederá con las prestaciones e  indemnizaciones a las que podría tener derecho el trabajador, siendo calculadas y abonadas en función de la legislación de Seguridad Social española.