El requerimiento debe ser hecho en Portugal, lugar de residencia del interesado. La solicitud de jubilación puede ser presentada a través de la web de la Segurança Social o en los servicios de atención del Centro Distrital de Segurança Social del área de residencia del beneficiario o del Centro Nacional de Pensões.
El trabajador deberá proporcionar toda la información disponible pertinente, en ellos los documentos que comprueben y discriminen los períodos en que el trabajador desempeñó actividad en otros Estados miembros y, en esa medida, estuvo sujeto a la legislación de la Seguridad Social de otros Estados.
El derecho a la pensión de jubilación está reconocido al beneficiario que haya cumplido el plazo de garantía necesario, que es de 15 años civiles, seguidos o no consecutivos, con registro de remuneraciones y completado 65 años, sin perjuicios de regímenes y medidas especiales de anticipación legalmente previstas.
Si el beneficiario residiera en el extranjero, podrá presentar su solicitud a través del servicio online Segurança Social Direta, en las instituciones previstas al efecto en los instrumentos internacionales aplicables o en el Centro Nacional de Pensões.
La solicitud en soporte de papel deberá ser presentado después de ser rellenado, firmado y acompañado de los documentos de prueba en él indicados (modelo CNP-09-V01).
Los interesados deberán presentar la solicitud a más tardar tres meses antes de la fecha en que el beneficiario desee iniciar a pensión.
La solicitud podrá ser presentada en la Seguridad Social española en cuanto entidad del Estado a cuya legislación el trabajador estuvo sujeto por última vez o a la Segurança Social portuguesa en cuanto entidad del Estado de residencia.
El trabajador deberá proporcionar toda la información pertinente disponible, a saber, los documentos que comprueben y discriminen los períodos en que el trabajador desempeñó actividad en otros Estados miembros y, en esa medida, estuviera sujeto a la legislación de Seguridad Social de otros Estados (identificación de los períodos de cotización, entidades empleadoras, números de beneficiario).
Si el trabajador tuviera períodos de descuentos en otros Estados miembros, la Seguridad Social en la que presentó la solicitud (portuguesa o española) deberá promover el intercambio de datos y efectuar los procedimientos necesarios para la tramitación de la solicitud de prestaciones a cada una de las instituciones competentes de los Estados afectados, para que estas puedan tramitar las prestaciones simultáneamente, al abrigo de la legislación respectiva.
Cada institución procederá al cálculo de la prestación y comunicará a la institución de contacto y las restantes y cada institución notificará al requirente de la decisión al abrigo de cada legislación.