Resido en Portugal y trabajo por ajena en Andalucía donde me desplazo diariamente a trabajar. ¿Cómo tramito la baja y el subsidio por maternidad?

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De acuerdo con la normativa, la trabajadora fronteriza tendrá derecho a recibir asistencia sanitaria anterior al parto o en otro momento del parto tanto en España (donde trabaja) como en Portugal (donde reside).

 

En Portugal, la trabajadora deberá presentar el formulario S1 que previamente deberá haber solicitado en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que certifica su derecho a las prestaciones sanitarias. El modelo, una vez solicitado, será remitido al domicilio en Portugal de la trabajadora. Una vez recibido, deberá presentarlo en el servicio nacional de salud de Portugal.

 

Después del nacimiento del hijo, la trabajadora deberá acudir al Servicio Público de Salud y solicitar el justificante médico de la baja, así, para la prestación de maternidad deberá ir al Instituto Nacional de la Seguridad Social y solicitar dicha ayuda a través de la presentación del modelo oficial de solicitud junto con la siguiente documentación:

 

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) de la madre.
  • Certificado de Empresa informando de la situación de la trabajadora.
  • “Certificado de descanso por maternidad” o “Informe de maternidad” expedido por el correspondiente Servicio Público de Salud (SPS).
  • Libro de familia o certificado de inscripción del hijo en el registro civil.

 

Cuando el descanso se haya iniciado con anterioridad al parto, tales documentos deberán presentarse una vez hecha la inscripción en el registro civil del hijo.
La trabajadora podrá solicitar las prestaciones en Portugal, de acuerdo con la normativa española, y las autoridades competentes portuguesas remitirán la documentación al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

 

En Portugal, la trabajadora deberá solicitar el modelo E-116 al médico que la atendió y, una vez obtenido, deberá proceder a la presentación del pedido de maternidad ante la Direção Geral da Segurança Social/Seção Distrital.

 

El pedido de prestación por maternidad deberá estar acompañado de la siguiente documentación:

 

  • Formulario oficial (MOD. RP5049-DGSS).
  • Certificado médico de establecimento o servicio sanitario que pruebe la identificación del descendiente civil.
  • En el supuesto de querer recibir el pago en cuenta bancaria, certificado del banco con el NIB.
  • En caso de solicitarse antes del parto, justificante médico de la fecha prevista del parto (puede ser un certificado del médico del Sistema Nacional de Saúde o una declaración del médico particular).
  • En caso de solicitarse después del parto, copia de la identificación civil del hijo o justificante médico.
  • En el supuesto de nacimiento de hijo muerto, deberá proporcionarse un comunicado del hospital en el que se compruebe el nacimiento con causa de muerte.

 

Comunicado al organismo portugués, dicho organismo comunicará al Instituto Nacional de la Seguridad Social correspondiente la baja por maternidad, siendo un organismo de enlace entre los dos países. Así, una vez el INSS reciba el pedido de la baja por maternidad, deberá procederse al pago de las prestaciones económicas a las que la trabajadora tenga derecho como consecuencia de la baja por maternidad.