Procedimientos de registro y permisos de residencia
Como ciudadano comunitario, del EEE o Suiza, para entrar en España, sólo es necesario presentar el correspondiente documento de identidad o pasaporte en vigor. Puede permanecer durante tres meses para buscar un empleo o establecerse por cuenta propia. Si después de los tres meses continúa sin encontrar un empleo, tiene derecho a permanecer más tiempo si sigue buscando trabajo.
Si sus familiares no son ciudadanos comunitarios o del EEE o Suiza, deben solicitar una tarjeta de residencia de familiares de comunitarios si van a permanecer con usted en el país más de 3 meses.
Documentación necesaria
En el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, debe solicitar en la Oficina de Extranjeros o de la policía la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Para ello debe presentar pasaporte o tarjeta de identidad en vigor y pagar una tasa. La oficina les entregará un certificado de registro en el que constará el llamado NIE (número identificación de extranjero). Este trámite ha sustituido la anterior tarjeta de residente comunitario.
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, requieren, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo llamado NIE (Número de identificación de Extranjeros). El número se obtiene automáticamente al pedir la inscripción en el Registro de Extranjeros, pero puede también solicitarlo separadamente.
Los nacionales de países que no sean miembros del EEE y Suiza requieren permiso de residencia para vivir en España. Pida información en la embajada española en su país de origen o consulte la información en el portal de la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Empadronamiento:
Se realiza en el Ayuntamiento del domicilio siempre que quiera acreditar la residencia en España. Para ello bastará con presentar el contrato de alquiler del domicilio o un recibo de la luz, agua… como muestra de que efectivamente vive usted ahí.
Si es la primera vez que trabaja en España hay que obtener un número de afiliación a la Seguridad Social propio, que podrá gestionar usted mismo o la empresa en su nombre. Para ello presentará en las oficinas de la Seguridad Social:
- Solicitud de afiliación (TA-1)
- Documento de identidad.
Como resultado de esta gestión, obtendrá la Tarjeta de la Seguridad Social la cual deberá presentar en el Centro de salud que le corresponda para la asignación de un médico y la obtención de la tarjeta sanitaria.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio del Interior | |
Seguridad Social | |
Secretaría de Estado de Migraciones |