Definición y criterios de admisibilidad

Categories: Hacer prácticas/formación en Andalucía, Prácticas en Andalucía

 

 

Definición

Las prácticas se definen como aquellos periodos limitados en el tiempo en los que se adquiere experiencia laboral de tipo práctico (sea parte integrante de un plan de estudios, o no) y que también tienen un componente educativo/formativo. Permiten obtener un reconocimiento formal de la experiencia laboral práctica a incluir en el CV personal o en un Plan de Estudios, así como facilitar la transición desde el sistema educativo o desde una acción de formación al mercado de trabajo. Su limitación temporal suele establecerse en el corto y medio plazo, durando entre unas semanas a 6 meses, o en algunos casos hasta 1-2 años.

Se distingue entre 4 tipos:

  1. Prácticas académicas externas universitarias (formativas y no laborales): dirigidas a estudiantes.
    • Pueden ser prácticas externas curriculares: son parte del Plan de Estudios del Título (Apprenticeships)
    • Extracurriculares universitarias: no son parte del Plan de Estudios, no son obligatorias, pero se contemplan en el Suplemento Europeo al Título. Se rigen por Convenios Universidad-Empresa.
  1. Prácticas no laborales ni académicas: para jóvenes desempleados inscritos en la oficina de empleo, de 18 – 25 años, con titulación oficial universitaria, de formación profesional media o superior, o un certificado de profesionalidad. No deberán haber tenido una relación laboral o experiencia profesional superior a 3 meses en la misma actividad (excluidas prácticas académicas).
    Se rigen por un Convenio de colaboración entre la empresa y el Servicio Público de Empleo (de las 17 Comunidades Autónomas. o del SEPE): ej. Canarias, se llama Programa Cataliza.
  2. Prácticas laboralescontrato de trabajo en prácticas, el cual tiene por objeto la obtención por el trabajador de la práctica profesional adecuada y referida al nivel de estudios cursados (universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficial equivalente). Conllevan alta en Seguridad Social y protección por desempleo posterior.
  3. Los programas públicos de empleo-formación.

 

Información general

  1. Prácticas académicas externas universitarias:
    • Según Proyecto Formativo fijado para el estudiante y acordado entre la empresa y la universidad.
    • Con tutor en la empresa y un tutor académico
    • Cuando sean extracurriculares no más del 50% del curso académico.
  1. Prácticas no laborales en centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial,
    • Bajo la dirección y supervisión de un tutor.
    • Duración entre 3 – 9 meses.
    • Se firmará un acuerdo participante-empresa.
    • Al final se emitirá un certificado sobre la práctica realizada, que se registrará en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
  2. Prácticas laborales en empresas con contrato:
    • Contrato en prácticas ordinario: que no hayan transcurrido 5 años desde la finalización de los estudios o 7 en el caso de personas con discapacidad.
    • Formalización por escrito.
    • Duración: 6 meses hasta 2 años.
    • Beneficios para el empresario: los contratos en prácticas pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación (reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social).
  1. Los programas públicos de empleo-formación conocidos como:
    1. Escuelas Taller, Casas de Oficios, que incluyen prácticas de empleo en un entorno laboral real.
      • Objetivos: La formación se lleva a cabo en Escuelas Taller y Casas de Oficios, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (16-24 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes profesionales.
      • Duración de la formación: De 1 a 2 años.
      • Ámbito: Nacional, pero implantado a nivel local.
      • Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas, con la contribución del FSE.
    2. Talleres de Empleo.
      • Objetivos: La formación se lleva a cabo en Talleres de Empleo, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (de más de 25 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes y capacidades profesionales.
      • Duración de la formación: De 6 meses a 1 año.
      • Ámbito: Nacional.
      • Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas con la contribución del Fondo Social Europeo.

Criterios de admisibilidad

  1. Las prácticas académicas externas se dirigen a estudiantes universitarios matriculados en esa universidad o de otras españolas o extranjeras que estén cursando esos estudios en el marco de algún programa de movilidad académica.
  2. Las prácticas no laborales son para jóvenes desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo (18-25 años).
  3. Cuando se trate de un contrato de trabajo en prácticas, se requerirá que la persona tenga el correspondiente permiso residencia y de trabajo, sin distinguir entre españoles y nacionales de EEE o terceros países.
  4. Los programas públicos de empleo-formación implican un contrato de formación y aprendizaje, explicado anteriormente.